Los aparatos de aire acondicionado son a veces fuente de conflicto en las comunidades de propietarios. Por este motivo son muy habituales las dudas sobre la correcta ubicación de las unidades exteriores o climatizadores de tipo ventana. Por ejemplo: ¿Me pueden obligar a quitar el aire acondicionado por motivos estéticos? En este artículo te lo explicamos.
¿Hay lugares en los que está prohibido poner el aire acondicionado?
Este es uno de los puntos que más controversia generan en las reuniones de vecinos: ¿existen limitaciones para la colocación del aparato de aire acondicionado?
Sí, hay ubicaciones en las que la Ley de Propiedad Horizontal establece que no se puede instalar un aire acondicionado en Chile.
Reglamento de Copropiedad Inmobiliaria: qué dice sobre el aire acondicionado
En Chile, el Reglamento de Copropiedad Inmobiliaria, que rige los condominios y edificaciones en régimen de copropiedad, sí establece regulaciones sobre modificaciones a elementos comunes y la apariencia exterior de los edificios. Para instalar un aire acondicionado en áreas comunes o que altere la fachada del edificio, los copropietarios necesitan obtener la aprobación de la asamblea de copropietarios, según lo que estipule el reglamento interno de cada comunidad Afortunadamente, en la práctica, la mayoría de comunidades de propietarios son bastante laxas en este aspecto. Porque el patio interior y la fachada (desde el balcón) suelen ser los únicos lugares disponibles para instalar el aire acondicionado.
Normativa de las comunidades de vecinos
Normalmente, la instalación de equipos como los aires acondicionados requiere que se respeten ciertas normativas que pueden incluir la no alteración de la estética del edificio y la no afectación a la comodidad de los demás residentes, entre otros. Cualquier instalación debe ser discutida y aprobada, usualmente durante una junta de propietarios, y se debe adherir a las normas establecidas en el reglamento de copropiedad de cada edificio o conjunto habitacional.
Por lo tanto, si estás considerando instalar un aire acondicionado en un edificio en Chile, es crucial revisar el reglamento de copropiedad específico del edificio y consultar con la administración del condominio para entender los requerimientos y procesos necesarios para obtener las aprobaciones pertinentes.
Requisitos para la correcta instalación
La instalación de aire acondicionado siempre debe realizarla un profesional cualificado. Esta es la mejor manera de garantizar tanto la calidad y seguridad de la instalación como el cumplimiento de la normativa aplicable. Estos son algunos de los puntos que siempre tendrá en cuenta:
- Ubicación: Aunque lo más habitual y recomendable es instalar el aire acondicionado en el exterior de la vivienda, también es posible hacerlo en el interior siempre que se respeten las distancias mínimas de seguridad con las paredes, el techo, los muebles y otros elementos. Del mismo modo, en caso de que exista una preinstalación en el edificio será necesario utilizarla.
- Potencia: En general, se recomienda instalar un aparato de aire acondicionado con una potencia de 1 kW por cada 10 m² de superficie habitable.
- Instalación eléctrica: Se recomienda que haya un circuito independiente para el conjunto de toda la instalación.
¿Pueden los vecinos obligarme a quitar el aire? Supuestos
El Reglamento de copropiedad inmobiliaria sólo puede forzarte a retirar tu aparato de aire acondicionado en dos supuestos:
- Seguridad estructural: Similar a lo mencionado, si la instalación del aire acondicionado compromete la seguridad estructural del edificio, la administración puede requerir su retiro.
- Por contaminación acústica, si el aire acondicionado genera niveles de ruido que superan lo permitido por las ordenanzas municipales o perturba significativamente la convivencia, se puede exigir al propietario su modificación o retiro. Las normativas de ruido son generalmente reguladas por el municipio y pueden variar dependiendo de la zona residencial o comercial.
En concreto la sentencia del Tribunal Supremo del 16 de diciembre de 1999 establece que esos ruidos y molestias “deben sobrepasar los límites de las molestias inherentes a todas las relaciones de vecindad, dificultando el normal uso y disfrute de una cosa o derecho”. Es decir, debe ir mucho más allá de una mera emisión de ruidos propia de estos aparatos. En cualquier caso, el límite de decibelios depende de la ubicación de la vivienda y el momento del día en el que se produzca el ruido. Esta normativa es, en última instancia, competencia de las Comunidades Autónomas y de los Ayuntamientos.
Procedimiento:
Si se considera que un aire acondicionado es problemático, la administración del condominio puede solicitar al propietario que tome medidas para resolver el problema.
Si no se llega a una solución, la administración puede tomar acciones legales, y el caso podría ser llevado a tribunales. Las resoluciones judiciales determinarán si es necesario retirar el equipo.
Responsabilidades por daños:
Si la instalación del aire acondicionado ha causado daños a la propiedad común o a terceros, el propietario del equipo podría ser responsable de cubrir los daños y perjuicios ocasionados.
Es fundamental que los propietarios que deseen instalar un aire acondicionado en Chile consulten y cumplan con el reglamento de copropiedad de su comunidad, así como con las normativas municipales correspondientes para evitar conflictos y asegurar que su instalación sea segura y esté en conformidad con la ley.